Resolución del Consejo Directivo Nacional sobre el trabajo en TELECOM - SATSAID
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Resolución del Consejo Directivo Nacional sobre el trabajo en TELECOM

Resolución del Consejo Directivo Nacional sobre el trabajo en TELECOM

VISTO: que en el marco de la actual pandemia de coronavirus el gobierno nacional a dispuesto mediante el DNU.260/20 el “Aislamiento Social Obligatorio”, y

CONSIDERANDO:
1) Que los servicios de comunicación audiovisual y las TIC en el mismo DNU fueron declaradas “actividad esencial”;
2) que la Superintendencia de Riesgos del Trabajo emitió el 21/03/2020 la disposición 3/2020 aprobando las RECOMENDACIONES ESPECIALES PARA TRABAJOS EN EL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES donde limitó las tareas “el no ingreso de los trabajadores a los domicilios de los clientes”, que “Si la presencia de los trabajadores en el lugar es estrictamente necesaria, se deberán implementar métodos de solución de averías que no impliquen el acceso al domicilio del cliente”, “Realizar las reparaciones de equipos desde el exterior de la vivienda en forma oral, debiendo ser el propio cliente quien manipule las instalaciones en su interior” y que solo “En caso de extrema necesidad y urgencia, si se debiera ingresar al domicilio deberá procederse a la higienización del trabajador en forma previa al ingreso de la vivienda, y al egresar de la misma”;
3) que las recomendaciones, por lo dicho, no prevén cambios de indumentaria entre la atención realizada en un domicilio y el posterior dado que no considera que tal extrema necesidad y urgencia se dé en forma continua o regular a lo largo de las jornadas de trabajo;
4) que en consonancia con esta situación el SATTSAID suscribió con Telecom Argentina S.A. para sus empresas contratistas, un régimen de trabajo con vigencia desde el 25/03/2020 y mientras dure la emergencia sanitaria dispuesta por el gobierno nacional, que el personal técnico de instalaciones debe realizar tareas de reparación del servicio y lo debe efectuar, una semana de manera presencial, y en la semana siguiente en forma de teletrabajo desde el domicilio de cada trabajador;
5) que hemos tomado conocimiento que Telecom Argentina S.A. ha requerido a algunas de sus empresas contratistas, la convocatoria del personal para el día lunes 13/04/2020, pretendiendo que dicho personal ingrese en los domicilios a realizar instalaciones nuevas, desconociendo las Recomendaciones de la SRT y del acuerdo suscripto entre las partes, es que:

EL SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISIÓN, TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS

RESUELVE:

  1. No realizar las tareas de instalación con ingreso a los domicilios particulares de los abonados, requeridos por Telecom Argentina S.A. y sus empresas contratistas, porque desconoce los principios de cuidado de la salud de los trabajadores y de la población, fijados por las Recomendaciones de la SRT vigentes a la fecha, como asimismo de los términos del acuerdo de fecha 25/03/2020.
  2. Realizar denuncia ante el Ministerio de Trabajo contra la empresa Telecom SA y sus empresas contratistas por probable pretensión de incumplimiento del acuerdo laboral de fecha 25/03/2020 y de las normas dictadas por el estado para proteger la salud de los trabajadores de los servicios de telecomunicaciones y de la población Argentina.
  3. Publíquese en las carteleras gremiales y en los medios de difusión del SATTSAID.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de abril de 2020

 

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